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Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo tiene como principal objetivo lograr la inserción laboral de todos los penados mediante la formación y el trabajo, proporcionándoles conocimentos y hábitos laboralres para que, una vez alcanzada la libertad, puedan competir en condiciones de igualdad con el resto de los ciudadanos.

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Organización

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Para llevar a cabo el cumplimiento de los cometidos encomendados, en el ámbito de la prevención de riesgos laborales, el organismo autónomo cuenta con un servicio de prevención propio, unos empleados públicos en los centros penitenciarios que realizan actividades preventivas no técnicas, y un servicio de prevención ajeno concertado.

El servicio de prevención propio tiene la siguiente estructura: una Coordinación de Prevención a nivel central desempeñada por un Técnico superior en Prevención, un Técnico de nivel Intermedio y un Ayudante de Prevención y cinco zonas geográficas al frente de cada una de ellas, se encuentra un Técnico superior en Prevención y un Ayudante de Prevención.

Estas zonas son:

Zona Uno. Da cobertura a los trabajadores ubicados en los centros penitenciarios de las Comunidades Autónomas de Madrid, Castilla La Mancha, Extremadura y Canarias
Zona Dos. Da cobertura a los trabajadores ubicados en los centros penitenciarios de las Comunidades Autónomas Valenciana, de Murcia y Baleares
Zona Tres. Da cobertura a los trabajadores ubicados en los centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía y de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla
Zona Cuatro. Da cobertura a los trabajadores ubicados en los centros penitenciarios de las Comunidades Autónomas de Castilla León, Asturias y Galicia.
Zona Cinco. Da cobertura a los trabajadores ubicados en los centros penitenciarios de las Comunidades Autónomas de Cantabria, Aragón, La Rioja, Navarra y País Vasco.

Por otro lado, en cada centro penitenciario existen una serie de empleados públicos (coordinadores de producción, gestores de producción, técnicos superiores de actividades técnicas y profesionales...) que llevan a cabo la realización de actividades preventivas no técnicas: entrega de epis, entrega de fichas de información preventiva, preparación de logística para la impartición de formación preventiva etc.

Por último, el organismo autónomo concierta regularmente con un servicio de prevención ajeno, la ejecución de las actividades correspondientes, relativas a las disciplinas preventivas no asumidas por el servicio de prevención propio.

 

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